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El Grupo ICF es consciente de la necesidad de garantizar la seguridad en las comunicaciones. Este apartado recoge los aspectos más importantes en materia de seguridad, prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo y confidencialidad.
La seguridad en el intercambio de información a través de la parte transaccional de nuestra web (https://espaiclient.icf.cat/welcome y https://web.finempresa.cat/) es un aspecto fundamental en la relación y la confianza entre el Grupo ICF y las personas interesadas. Los protocolos de seguridad que destinamos a esta materia son seguros, transparentes e integrales.
A fin de proteger la comunicación y la transmisión de datos entre las personas interesadas y el Grupo ICF, el contenido está cifrado a través de un certificado SSL (Secure Socket Layer) de Verisign. En la pantalla de navegación, se puede apreciar este nivel de seguridad cuando se cambia el protocolo de acceso habitual, “http://”, por uno seguro, “https://".
Cualquier persona interesada puede acceder libremente a toda la web del Grupo ICF, sin ningún tipo de restricción o autenticación.
Únicamente cuando se accede al entorno del canal de solicitud de financiación (https://espaiclient.icf.cat/), el nivel de seguridad se incrementa y, si se solicita formalmente un crédito, el Grupo ICF debe facilitar a la persona interesada, por correo electrónico, un acceso confidencial a todas las informaciones y transacciones que se puedan llevar a cabo en este entorno.
La página web del ICF puede contener algunos conectores, iconos de acceso directo, de diferentes redes sociales. Estas redes se rigen por políticas de seguridad, privacidad y confidencialidad diferentes a las del Grupo ICF.
De conformidad con el artículo 17.1 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, se permite la reutilización de los contenidos y de los datos siempre que se cite la fuente y la fecha de actualización y que no se desnaturalice la información (artículo 8 de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre Reutilización de la Información del Sector Público), y también que no se contradiga con una licencia específica.
La prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo es uno de los principales instrumentos para afrontar los problemas derivados de la delincuencia y organización criminal. El Grupo ICF está obligado al cumplimiento de la legislación vigente sobre esta materia, y ha articulado diferentes políticas y procedimientos de prevención.
La Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades de Crédito establece, en su artículo 83, el deber de reserva de información aplicable al ICF con respecto a la recepción y relativa a las empresas clientes del ICF. A efectos del presente compromiso de confidencialidad, se entiende por información confidencial toda aquella que, recibida de la empresa o persona trabajadora por cuenta propia solicitante, y no de terceros, que no sea pública y notoria, o no pueda ser obtenida por el ICF de registros públicos o de otras fuentes de información a las cuales tenga acceso cualquier tercero.