Gestión económica y patrimonial

Consulta la información sobre la gestión económica y presupuestaria del ICF.

Presupuestos

La actual Ley del ICF establece que el ICF tiene autonomía presupuestaria con respecto a la Generalitat de Catalunya. Únicamente queda por aprobar a través de la Ley de Presupuestos de la Generalitat de Catalunya el límite máximo de endeudamiento anual.

Este límite máximo de endeudamiento anual es igualmente la única limitación de tipo presupuestario que se aplica al ICF en un contexto de prórroga presupuestaria.

Informes de auditoría

El ICF y todas las entidades del grupo someten sus cuentas anuales a revisión para procesos de auditoría externa.

El informe financiero, disponible en el apartado de Información financiera, es el informe de auditoría de las cuentas anuales consolidadas del ICF emitido por un auditor independiente.

Por otro lado, como entidad financiera pública, el ICF puede estar sometido a las revisiones de los organismos de control público como la Sindicatura de Cuentas y la Intervención General de Cuentas de la Generalitat de Catalunya.

Patrimoni

Los volúmenes económicos que representa el patrimonio dentro del activo material del ICF se pueden consultar en el informe anual de la entidad, disponible en el apartado de Información financiera.

El ICF es propietario del edificio donde se encuentra su sede social y administrativa, en la Gran Via de les Corts Catalanes, n.º 635, de Barcelona, explotado parcialmente en régimen de alquiler a otras entidades del grupo o participadas y a terceros.

Por otro lado, el ICF también es propietario del edificio situado en la Via Augusta, n.º 252, de Barcelona, explotado íntegramente en régimen de alquiler a diferentes personas arrendatarias, profesionales, empresariales o privadas.

Como resultado de las garantías de las operaciones de crédito, el ICF es también propietario de activos inmuebles de tipología diversa que gestiona y comercializa el Institut Català del Sòl (Incasòl).

Subvenciones y ayudas

El ICF no da subvenciones. En algunos casos, en función del producto solicitado y gracias a la participación de la Generalitat de Catalunya o a la cofinanciación de fondo y entidades europeas, el préstamo o aval otorgado puede suponer la obtención de una ayuda pública cuando las condiciones económicas del préstamo o aval son mejores que las que obtendría el beneficiario sin esta colaboración.