ICF Habitatge Social Promoció

¡Financia la construcción de vivienda de protección oficial (VPO) o alojamientos de dotación con los préstamos bonificados del ICF!

¿Quién puede solicitar este préstamo? 

Tanto si eres un promotor público como privado con sede social u operativa en Cataluña, puedes solicitar el préstamo ICF Habitatge Social Promoció si dispones de una resolución de reconocimiento de cualquiera de las subvenciones siguientes:

  1. Actuaciones seleccionadas en el Programa 6 de las ayudas a la construcción de viviendas en contrato de arrendamiento social en edificios energéticamente eficientes que prevé el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation EU y admitidas a la convocatoria aprobada por la Resolución TER/1706/2023, del 16 de mayo.
  2. Actuaciones admitidas en la convocatoria aprobada por la Resolución TER/3247/2022, del 19 de octubre.
  3. Actuaciones admitidas en la convocatoria aprobada por la  Resolució VPD/1721/2021, del 28 de mayo.
  4. Actuaciones admitidas en la convocatoria aprobada por Resolución TER/2147/2023, de 14 de junio.
  5. Actuaciones admitidas en la convocatoria aprobada por Resolución TER/1799/2024, de 23 de mayo.

 

Objetivos de Desarrollo Sostenible

Condiciones financieras

A partir de 250.000€ y hasta el 100% de la inversión subvencionable menos las subvenciones recibidas, con un máximo de 150.000€ por vivienda.

Hasta 30 años, con hasta cuatro años de plazo de carencia incluidos.

Fijo del 3,65% y se reducirá al 3,40% cuando las operaciones cuenten con garantía pública.

Las operaciones aprobadas deben contar con una bonificación del tipo de interés del 0,7% por parte de la Agencia de la Vivienda de Cataluña. Por tanto, el tipo de interés final será fijo de entre el 2,95% y 2,70%.

Para las entidades promotoras sometidas a prudencia financiera, se aplicará el tipo de interés según la normativa y no contarán con bonificación.

Para más información sobre la elegibilidad de los proyectos de cara a la bonificación del tipo de interés por parte de la Agencia de la Vivienda de Cataluña, puedes consultar las bases reguladoras y la convocatoria publicada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

De apertura, máximo del 0,25%; de amortización anticipada, máximo del 0,25% del importe amortizado; y los costes de cancelación del swap (permuta).

Hipoteca de la construcción y prenda de los alquileres. En función del proyecto, se podrán pedir otros.